Please use this identifier to cite or link to this item: http://dspace.utpl.edu.ec/jspui/handle/20.500.11962/21596
Title: La medida cautelar alternativa a la prisión preventiva de arresto domiciliario en el código procesal penal de Chile y código orgánico integral penal del Ecuador
Authors: Egas Velasco, Ana María
metadata.dc.contributor.advisor: Erazo Bustamante, Silvana Esperanza
Keywords: Derecho penal – Ecuador
Detención preventiva
Especialista en derecho procesal penal – Tesis y disertaciones académicas
metadata.dc.date.available: 2018-01-11T15:11:40Z
Issue Date: 2016
Citation: Egas Velasco Ana María. (2016). La medida cautelar alternativa a la prisión preventiva de arresto domiciliario en el código procesal penal de Chile y código orgánico integral penal del Ecuador. (Trabajo de titulación de Especialista en Derecho Procesal Penal). UTPL, Guaranda.
Abstract: The Organic Code Integral Criminal Procedure provides in paragraph 3 of Art. 522 house arrest as a precautionary measure to ensure the presence of the accused person, as existed in the repealed Code of Criminal Procedure, which was never implemented due to lack of monitoring police. In 1968 were invented in the United States the electronic surveillance devices, perfected over time to form a bracelet or an electronic anklet, however this technology referred to the Code of Integral Criminal is not yet implemented in the country, continuing with the same existing procedural defect for years, lack of policing, why, if electronic means of geoposicionamiento are not implemented, that replace direct and permanent police surveillance in which it is used police personnel , which consist of a cyber monitoring by the National Police.
Description: El Código Orgánico Integral Penal establece en el numeral 3 del Art. 522 el arresto domiciliario como medida cautelar para asegurar la presencia de la persona procesada, medida que también existía en el derogado Código de Procedimiento Penal, la que jamás se aplicó por falta de vigilancia policial. En el año 1968 se inventaron en los Estados Unidos de Norteamérica los dispositivos de vigilancia electrónica, perfeccionándose con el tiempo hasta constituir una pulsera o una tobillera electrónica, sin embargo esta tecnología a que hace referencia el Código Orgánico Integral Penal aún no es implementada en el país, continuándose con el mismo defecto procesal existente desde hace años, la falta de vigilancia policial, razón por la cual, si no se implementan los medios electrónicos de geoposicionamiento, que reemplazan a la vigilancia policial directa y permanente en la que se utiliza personal policial, los cuales consisten en un monitoreo cibernético por parte de la Policía Nacional.
metadata.dc.identifier.other: 1274765
URI: http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/21596
Appears in Collections:Especialista en Derecho Procesal Penal



Items in DSpace are protected by copyright, with all rights reserved, unless otherwise indicated.