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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorCabrera Cabrera, Santiago Vladimires_ES
dc.contributor.authorGuaicha Saetama, Galo Erikes_ES
dc.date.accessioned2022-10-13T12:07:17Z-
dc.date.available2022-10-13T12:07:17Z-
dc.date.issued2022es_ES
dc.identifier.citationGuaicha Saetama, G. E. Cabrera Cabrera, S. V. (2022) Estudio sobre la factibilidad de la mediación prejudicial obligatoria en materia de familia, niñez y adolescencia y su beneficio de descongestión en el sistema procesal [Tesis de Posgrado, Universidad Técnica Particular de Loja]. Repositorio Institucional. https://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/32679es_ES
dc.identifier.otherCobarc: 1356547es_ES
dc.identifier.urihttps://bibliotecautpl.utpl.edu.ec/cgi-bin/abnetclwo?ACC=DOSEARCH&xsqf99=131800.TITN.es_ES
dc.descriptionResumen: La mediación en el Ecuador se viene aplicando desde que es reconocida por la Constitución de 1998, posteriormente con la expedición de la Ley de Arbitraje y Mediación se regula el procedimiento de dicho mecanismo alternativo de solución de conflictos, las partes intervinientes y el tercero interventor o conocido como mediador, ahora bien, la mediación se vuelve en un auxiliar de los órganos judiciales, en la medida que permite resolver las controversias de las partes de forma más inmediata, con la mínima intervención judicial. La mediación prejudicial obligatoria es regulado por las legislaciones de otros países, que han obtenido resultados favorables, de tal forma, el ordenamiento jurídico ecuatoriano puede incorporar la mediación prejudicial con tal carácter, que exija a las partes someterse a realizar un proceso de ejecución, en cumplimiento del fin social de la ley y la Constitución, procurando una cultura de paz y la descongestión del sistema judicial en el ámbito de las asuntos de familia, niñez y adolescencia.es_ES
dc.description.abstractAbstract: Mediation in Ecuador has been applied since it is recognized by the Constitution of 1998, subsequently with the issuance of the Arbitration and Mediation Law the procedure of such alternative dispute resolution mechanism is regulated, the intervening parties and, the intervening third party or known as mediator, now, mediation becomes an auxiliary of the judicial bodies, to the extent that it allows to resolve the disputes of the parties more immediately, with minimal judicial intervention. The mandatory pre-judicial mediation is regulated by the legislations of other countries, which have obtained favorable results, in such a way, the Ecuadorian legal system can incorporate the pre-judicial mediation with such character, which requires the parties to submit to carry out an execution process, in compliance with the social purpose of the law and the Constitution, seeking a culture of peace and the decongestion of the judicial system in the area of family, childhood and adolescence matters.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.subjectEcuador.es_ES
dc.subjectTesis digital.es_ES
dc.titleEstudio sobre la factibilidad de la mediación prejudicial obligatoria en materia de familia, niñez y adolescencia y su beneficio de descongestión en el sistema procesales_ES
dc.typemasterThesises_ES
Aparece en las colecciones: Magister en Derecho mención Derecho Procesal

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