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Título : El sistema de impugnación en el procedimiento civil, reorganización en el juicio ordinario segunda instancia
Autor : Rivadeneira Sarmiento, Javier Enrique
Chiliquinga Negrete, Edwin Francisco
Palabras clave : Proceso Judicial
Proceso Civil
Jueces
Juicio Ordinario
Magister en derecho Civil y Procesal Civil- Tesis y disertaciones académicas
Fecha de publicación : 2015
Citación : Chiriquinga Negrete Edwin Francisco.(2015).El sistema de impugnación en el procedimiento civil, reorganización en el juicio ordinario segunda instancia .(Trabajo de fin de título de magister en derecho civil y procesal civil).UTPL.Santo Domingo de los Tsáchilas
Resumen : We recognize the right to correct the judicial actions by implementing legal tools that question the resolutions of the judges. To challenge is the uncomfority of a judicial decision, whose purpose is to provoke its modification, by considering the contrary of the legal order. The Constitution contemplates the right to appeal the sentences or administrative acts of whichever State authority. The ordinary trial, second instance, repeats the actions of the parts, contrary to the Constitution that does not apply the principles of speed, immediacy, concentration, good faith and procedural fairness. The appeal should be an agile, transparent and effective process, resolved in Oral, Public and Contradictory Audiences where the judges later listen to the recurrents and issue their resolution. In the face of evidence, orality emerges, and the positions of the lawyers are exposed and defended in public and contradictory audiences. The proof follows from the principle of publicity, that which makes impossible the entry process of evidence obtained surreptitiously by the counterparty, and finds the elements of demonstration that can be discussed and misleading by those who argue against or are confrontational.
Descripción : Se reconoce el derecho a corregir las actuaciones judiciales implementando herramientas legales para cuestionar las resoluciones de los jueces. Impugnar, es inconformidad de una decisión judicial, cuyo propósito es provocar su modificación, por considerarla contraria al orden jurídico. La Constitución, contempla el derecho a recurrir de los Fallos o actos administrativos de cualquier autoridad del Estado. En el juicio ordinario, segunda Instancia, se repiten las actuaciones de las partes, contrariando la Constitución al no aplicar los principios de celeridad, inmediación, concentración, buena fe y lealtad procesal. La apelación debe ser un proceso ágil, transparente y eficaz, resuelto en Audiencia Oral, Pública y Contradictoria, los jueces después de escuchar a los recurrentes, emitan su resolución. Ante estas evidencias, surge la oralidad, posiciones de los abogados expuestas y defendidas en audiencia pública y contradictoria. La prueba se deriva del principio de publicidad, lo que imposibilita el ingreso al proceso de pruebas obtenidas subrepticiamente de la contraparte; busca que los elementos de demostración puedan ser debatidos y desvirtuados por aquel contra quienes se aducen o confrontan.
URI : http://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/12644
Aparece en las colecciones: Maestría de Derecho Civil Y Procesal Civil

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