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http://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/16542
Title: | ¿Cuándo es la póliza de seguro, considerada título ejecutivo? |
Authors: | Samaniego Ordóñez, Luis Medardo Andrade Mena, Daniela Estefanía |
Keywords: | Ecuador. Tesis digital. |
Issue Date: | 2017 |
Citation: | Andrade Mena, D. E. Samaniego Ordóñez, L. M. (2017) ¿Cuándo es la póliza de seguro, considerada título ejecutivo? [Tesis de Posgrado, Universidad Técnica Particular de Loja]. Repositorio Institucional. https://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/16542 |
Abstract: | Abstract: A bond is a guarantee provided by a third party to ensure the fulfillment of an obligation, it is the personal guarantee that assumes a natural or legal person committing the payment in case the debtor fails to comply with the obligation of the principal contract. The General Insurance Law gives this type of policy quality of executive title. In order to obtain the action of subrogation action against the debtor, and thus the recovery of money paid for a sinister raised, who will not be recognized by the principal debtor, in this case the breach. Therefore the bond policy as executive title, where an existing right is recognized, which means, the payment that the insurer made to the insured due to the cause of an accident, can be claimed by executive action. Applying such action because such action tends to order the execution and fulfillment of obligations to give, do or not do something, in this case, to give. |
Description: | Resumen: La fianza es la garantía prestada por un tercero para velar el cumplimiento de una obligación, es la garantía personal que asume una persona natural o jurídica, comprometiéndose al pago en caso de que el deudor no cumpla con la obligación de un contrato principal. Las fianzas pueden otorgarse para contratos relacionados con la construcción, provisión de suministros, fabricación, prestación de servicios, entre otros, los mismos que pueden ser ejecutados por personas naturales o jurídicas. En el caso de que se siniestre una de estas pólizas por incumplimiento, el contratista tiene la obligación de reembolsar a la compañía de seguros el valor que la misma ha pagado por el siniestro al beneficiario de la póliza, esto es lo que diferencia a este tipo de seguro respecto al contrato de seguro tradicional. La Ley General de Seguros otorga a este tipo de pólizas la calidad de título ejecutivo, para que se tenga la acción subrogatoria sobre el deudor, y de esta manera se facilite el recupero del dinero pagado por un siniestro suscitado, que no quiere ser reconocido por el deudor principal, es decir el incumplido. Por lo tanto, la póliza de fianza como título ejecutivo, en donde se reconoce un derecho existente, esto es, el pago que la aseguradora realizó al asegurado por causa de un siniestro puede ser reclamado mediante vía ejecutiva, aplicando la acción ejecutiva ya que dicha acción tiende a la ejecución y orden de cumplimiento de obligaciones de dar, hacer o no hacer una cosa, contenidas en el instrumento mencionado, en este caso, de dar. |
URI: | https://bibliotecautpl.utpl.edu.ec/cgi-bin/abnetclwo?ACC=DOSEARCH&xsqf99=96410.TITN. |
Appears in Collections: | Maestría de Derecho Civil Y Procesal Civil |
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