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Título : El debido proceso dentro del procedimiento coactivo
Autor : Martínez Ruque, Henry Rodrigo
Daza Durán, María José
Palabras clave : Procedimiento civil ecuatoriano
Derecho procesal
Abogado-Tesis y disertaciones académicas
Fecha de publicación : 2017
Citación : Daza Durán María José.(2017).El debido proceso dentro del procedimiento coactivo.(Trabajo de titulación de abogado).UTPL.Quito
Resumen : The work carried out addresses an important problem within the juridical reality: the coercive jurisdiction and the constitutional rights foreseen in the Magna Carta. The interest lies in analyzing and demonstrating that the application of the DUE PROCESS, within the exercise of coercive jurisdiction by public institutions (CPC Article 941), does not always provide for fair proceedings, and there is denial or breach of due process guaranteed In our Constitution, which also protects legal security by granting stability to the rule and the challenge of administrative acts, and in that virtue, it is allowed to resort to the presentation of exceptions to the coercive before the Administrative Court, Achieving only the suspension of the execution process provided, previously, the consignment exists in the terms provided for in Article 317 of the COGEP. The "solve et repete" rule, which translates in the simplest way in the phrase "pay first and claim later", means that the taxpayer or alleged debtor of the State on which it has been determined An obligation, a penalty or a fine, is compelled to pay it in advance to exercise its right of action either in the administrative or in the litigation
Descripción : El trabajo realizado aborda un problema importante dentro de la realidad jurídica: la jurisdicción coactiva y los derechos constitucionales previstos en la Carta Magna. El interés radica en analizar y demostrar que la aplicación del DEBIDO PROCESO, dentro del ejercicio de la jurisdicción coactiva por parte de las instituciones públicas (Art. 941 del C.P.C.), no prevé siempre procesos justos, y existe negación o quebrantamiento del debido proceso garantizado en nuestra Constitución, la misma que además, protege la seguridad jurídica otorgando la estabilidad a la norma y la impugnación de actos administrativos, y en esa virtud, está permitido recurrir a la presentación de excepciones a la coactiva ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, logrando únicamente, la suspensión del proceso de ejecución siempre y cuando, previamente, exista la consignación en los términos previstos del artículo 317 del COGEP. Se configura entonces, la regla del “solve et repete” que se traduce de la manera más simple en la frase “pague primero y reclame después”, esto significa que el sujeto pasivo o supuesto deudor del Estado sobre el cual se ha llegado a determinar una obligación, una sanción o una multa, está compelido a pagarla previamente a ejercer su derecho de acción ya sea en la vía administrativa o en la contenciosa
URI : http://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/17436
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