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Título : El silencio administrativo como garantía del administrado en la aplicación de su derecho de petición
Autor : Jiménez Larriva, Paúl Esteban
Parra Mosquera, César Fabián
Palabras clave : Derecho administrativo – Ecuador
Acto administrativo
Magister en derecho administrativo – Tesis y disertaciones académicas
Fecha de publicación : 2014
Citación : Parra Mosquera, César Fabián. (2014). El silencio administrativo como garantía del administrado en la aplicación de su derecho de petición. (Trabajo de titulación de Magíster en Derecho Administrativo). UTPL, Cuenca.
Resumen : The right to petition in favor of the constitutional guarantee given implies a correlative obligation to settle for administration, to be explicit pronouncement, reasoned and timely on the petition or complaint raised. Administrative negligence violates the fundamental right to petition, the same as it is protected by the Administrative Silence, which aims to leave no defenseless to the petitioner, approves, authorizes and gives a positive content to the petitioner, which an administrative act alleged derives autonomous and independent of the causes that generate it, gives a legal right to the unchangeable even by subsequent administrative pronouncement administered. The alleged materialized and executive act, allows demanding immediate compliance with the law generated in administrative or judicial proceedings through enforcement action and not of knowledge. Not all content issued by the Administrative Silence is executable. In this paper, the scope of administrative silence has been defined; those essential requisites for its validity and enforceability were identified as unsuitable validation flaws, judgments that admit and not admit Administrative Silence were analyzed.
Descripción : El derecho de petición, garantía constitucional a favor del administrado, lleva implícito una obligación correlativa de resolver para la administración, pronunciamiento que debe ser expreso, motivado y oportuno sobre la petición o reclamo planteado. La incuria administrativa violenta el derecho fundamental de petición, el mismo que es tutelado por el Silencio Administrativo, cuyo objetivo de no dejar en indefensión al peticionario, aprueba, autoriza y otorga un contenido positivo al peticionario, del cual se deriva un acto administrativo presunto, autónomo e independiente de las causas que lo generan, otorga un derecho subjetivo para el administrado no modificable ni aun por pronunciamiento administrativo ulterior. El acto presunto ejecutivo así materializado, permite reclamar el cumplimiento inmediato del derecho generado en sede administrativa o jurisdiccional a través de una acción de ejecución y no de conocimiento. No todo contenido otorgado por el Silencio Administrativo es ejecutable. En el presente trabajo, se delimitó el alcance del Silenció Administrativo, se identificó aquellos requisitos indispensables para su validez y ejecutividad, se identificó vicios no susceptibles de convalidación, se analizó sentencias que admiten e inadmiten el Silencio Administrativo.
URI : http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/21542
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