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http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/27185
Título : | La costumbre y su eficacia en la legislación mercantil ecuatoriana |
Autor : | Correa Conde, Andrea del Rocío Hernández Cueva, María Elizabeth |
Palabras clave : | Legislación mercantil. Sistema legal. Abogado.- |
Fecha de publicación : | 2020 |
Citación : | Hernández Cueva, María Elizabeth. (2020). La costumbre y su eficacia en la legislación mercantil ecuatoriana. (Trabajo de Titulación de Abogado ). UTPL, Loja. |
Descripción : | Resumen: En nuestro sistema legal, no se permite a los jueces usar costumbre mercantil al momento de resolver conflictos o controversias entre comerciantes; sino que lo deberían resolver según las disposiciones del Código de Comercio.El derecho comercial surge de prácticas entre comerciantes que, debido a su generalización y uniformidad, gradualmente han ganado reconocimiento como "reglas vinculantes", estas prácticas se conocen como costumbres mercantiles, lo que hace que la ley comercial o mercantil se adapte y modifique de acuerdo con las necesidades de los comerciantes. La costumbre mercantil en orden jerárquico está por debajo de la ley, pero por encima de otras fuentes de derecho (contrato y analogía).La costumbre mercantil es una fuente de derecho excepcional, porque los jueces podrán acudir a ella solo en casos que existan vacíos o silencios legales. Al momento de probar costumbre mercantil, la parte interesada debe acreditarla. Para que la costumbre mercantil sea reconocida por el juez, ésta debe tener una conducta uniforme, general y obligatoria. Los medios de prueba empleados en la costumbre mercantil deberán ser los que se expresan en el Código de Comercio ecuatoriano. |
URI : | http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/27185 |
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